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Desidias de la izquierda y cambio de nombre de calles.

2 de Marzo de 2020

La decisión del Ayuntamiento de Plasencia, de estimar el recurso administrativo, que nada tiene que ver con una sentencia judicial, interpuesto por la Plataforma Patriótica Millán Astray, frente a la decisión de quitar del callejero de la ciudad el nombre de la calle Millán Astray en el barrio más pobre de la ciudad, San Lázaro, aceptando que cuando tomaron la decisión no la motivaron o, lo que es lo mismo, lo hicieron a lo tonto, ante la inacción de la oposición constituye una irresponsabilidad manifiesta, que si lo anudamos a lo ocurrido en Villafranca de los Barros el pasado año, en este caso mediante sentencia judicial por carecer del pertinente expediente administrativo, expresan la posición de escasez de importancia que se atribuye a los casos relaciones con el proceso de dignificación de la Memoria Histórica en el ámbito municipal de la región.

La competencia municipal para determinar el nombre de las vías urbanas comenzó mediante un Real Decreto de 1979, desarrollándose de modo irregular desde entonces, salvo en los casos que existiera una Orden Municipal reguladora al respecto, como expresión de la capacidad de auto- organización que tienen las Corporaciones Locales, y no es hasta la Ley 52/2007, conocida como Ley de Memoria Histórica, que encuentra algunos límites dicha competencia, pero justamente lo que prohíbe la citada Ley y, por tanto los límites establecidos, lo son a la exaltación de los símbolos y monumentos conmemorativos de la Guerra Civil y de la dictadura, y es por ello de suma importancia el artículo 15 de la misma, que dispone en su apartado 1 que “las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura”

¿Qué ha ocurrido entonces en los casos de Villafranca de los Barros y Plasencia? ¿Acaso Millán Astray no es un símbolo del enfrentamiento, la ofensa y el agravio guerra-civilista? ¿Acaso no se puede cambiar el rótulo que inscriba su nombre en una calle? En absoluto. Lo que paso en Villafranca de los Barros es que un Alcalde del PSOE imperioso y mandón, se limitó por renombrar la calle, sin ocuparse de motivar ni abrir el correspondiente expediente administrativo al cambio de calle, para que cualquiera de los vecinos pudieran alegar a su favor o en contra, lo que a su Derecho conviniese, contraviniendo el informe del Comité de Expertos de la Memoria Histórica de la Diputación de Badajoz, y el Juzgado se censuró tal forma de proceder; y lo ocurrido en Plasencia ha sido más inverosímil aún, pues solicitado por dos veces informe de motivación y justificación al Comité de Expertos de la Memoria Histórica de la Diputación de Cáceres, ni siquiera ha contestado por lo que el Ayuntamiento, sin salir del ámbito administrativo y por tanto, nada judicial, ha optado por seguir manteniendo el nombre de Millán Astray anterior. Ambas Diputaciones Provinciales tienen el mismo color político, y en ambas anidan numerosos concejales de izquierdas comiéndose la “sopa boba”, por lo que no precisan las derechas enemigo para cargarse el proceso de Memoria Histórica.

Carlos Canelo, Secretario Regional del PCE en Extremadura.
Febrero 2020

Categorías: Secretaría General

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